Uno de los temas que ha presentado mayor interés en el conjunto general de los contribuyentes ante la sanción de la Ley 27.541 ha sido la posibilidad de contar con un régimen de regularización de obligaciones fiscales que permita alivianar o, incluso, liberar el excesivo pasivo fiscal acumulado en los últimos ejercicios económicos signados por un proceso de estancamiento generalizado de la economía que, posteriormente, derivaría en un cuadro generalizado de recesión económica con fuerte impacto en costos por alteración sustantiva del tipo de cambio del peso contra la divisa estadounidense. La posibilidad de regularizar obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras (capital, intereses y multas) ha sido trabajada en un amplio desarrollo iniciado en el Art. 8 y concluido en el Art. 17 de la Ley 27.541.
A la fecha de redacción del presente título la Administración Federal de Ingresos Públicos ha emitido su RG 4667 encargada de reglamentar los pormenores del nuevo sistema de regularización de deudas fiscales, es decir, la moratoria fiscal. Al momento de realizar nuestros comentarios en referencia a este importante vehículo de regularización fiscal tendremos en cuenta las particularidades de la reglamentación referida no sin antes advertir que ciertas cuestiones podrían ser flexibilizadas por el organismo federal en fecha posterior a la publicación de estas líneas.
La presente obra se encuentra dirigida al empresario pyme y al profesional independiente con la intención de invitarlo a analizar su situación particular sobre la base de una herramienta de diálogo común y a la luz de las importantes ventajas que ofrece el nuevo contexto normativo.
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Dr. Sergio Carbone
Contador Público (UBA)