El monotributo es un régimen simplificado de tributación donde, por una “cuota mensual” como contribuyente cumple con su obligación tributaria a nivel nacional (IVA y GANANCIAS).
El valor de la “cuota” mensual a abonar dependerá del nivel de ingresos brutos obtenidos anualmente existiendo, por tanto, categorías de tributación según su nivel de ingresos u otros parámetros significativos de actividad definidos por la norma del tributo.
Podemos asesorarlo en determinar la categoría correcta de tributación según su información fiscal.
No se someta a determinaciones tributarias o exclusiones de oficio determinadas por el Fisco Nacional.
Las categorías tributarias se modifican recurrentemente siendo recomendable verificarlas desde el sitio web del organismo de fiscalización: www.afip.gov.ar.
Preguntas Frecuentes:
¿Cada cuanto tiempo debo recategorizarme?.
Cuatrimestralmente el contribuyente debe analizar su situación tributaria y verificar que se encuentre encuadrado en la categoría correspondiente. De estar encuadrado incorrectamente este deberá recategorizarse. Recuerde: El ingreso NO es el único parámetro para considerar su categoría tributaria. Debe ser también considerado el monto de energía eléctrica consumida, alquileres abonados, cantidad de empleados, superficies afectadas, entre otros.
¿Septiembre es una fecha clave?
Efectivamente, el mes de Septiembre de cada año es un mes en el que el contribuyente DEBE confirmar o rectificar su categoría tributaria. Esto no significa que, en los períodos cuatrimestrales correspondiente, no deba recategorizarse. Es un trámite que se agrega y es una ratificación de datos.
¿Puede el fisco excluir al contribuyente de oficio?
La norma indica que si el fisco detectara, entre otros, consumos no relacionados con los ingresos del monotributo, gastos del negocio superiores a los parámetros legales o facturación por valores superiores a los límites del monotributo, podrá ser excluido de oficio.
¿Cuáles son las consecuencias de una exclusión de oficio?
El contribuyente deberá abonar IVA, Ganancias y Autónomos desde la fecha de exclusión.
Podemos asesorarlo en determinar su correcta categoría tributaria. Contáctese con nuestro estudio
Dr. Sergio Carbone – Contador Público (UBA)
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