Fideicomisos Inmobiliarios – Obra Civil – Fideicomisos Familiares – Fideicomisos de Administración y Planificación Patrimonial
(doctrina y academia)
Sección dedicada a difundir escritos de carácter académico y doctrinario, de propia autoría, relacionados con uso y aplicación del Contrato de Fideicomiso a diversos negocios jurídicos y económicos que desee conducir. Nuestro principal punto de atención estará colocado sobre los Fideicomisos Inmobiliarios y, respecto de estos, sobre los Fideicomisos de Construcción al Costo. Sin embargo, en esta sección, encontrará escritos con consideraciones que pueden ser aplicadas a otro tipo de estructuras fiduciarias.
Estos escritos podrán incluir análisis de casos puntuales los cuales, en ningún momento, deben ser tomados como orientación general para resolver alguna situación determinada sin analizar las particularidades que cada caso presenta. De lo expuesto es que recomendamos someter su caso a consulta profesional pudiéndose poner en contacto con nuestro estudio. En cada artículo habilitaremos la posibilidad de descargar en formato PDF para lectura mas cómoda, impresión y distribución entre sus contacto.
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Método de Costeo de Obras Civiles – Consideración de Incremento de Costos – Variación del Tipo de Cambio – Índice INDEC.
Los posicionamientos temporales en los textos que han sido diseñados a perdurar en el tiempo son siempre traicioneros porque podría dar la sensación al lector que el presente texto posee vigencia temporal acotada. Nada mas lejos de la realidad, por lo menos, en lo que hace al contenido del presente documento.
No nos abocaremos a cuestiones de derecho tributario ni haremos foco a normativa que, naturalmente y producto de su constante evolución, implicaría la revisión técnica-conceptual del texto presentado. El presente documento estará orientado a una mecánica contable y de gestión, increíblemente, el industrial argentino, mayormente, no ha incorporado a sus procedimientos internos y,, si bien para facilitar la transmisión de conceptos, problemática del entorno y método de trabajo nos orientaremos a ejemplificaciones sobre una determinada industria (la industria de la construcción), los conceptos aquí vertidos (independientemente y adaptables a cualquier industria o proceso de producción prolongada) pueden ser aplicados en diferentes entornos.
Fideicomiso Inmobiliario de Construcción – Como contabilizar las adhesiones al contrato.
En este documento nos abocaremos a estudiar un tema muchas veces “olvidado” en materia de negocios inmobiliarios de construcción en los cuales se involucra a un contrato de fideicomiso; seguramente porque, en realidad, no debe estar siempre presente en las estructuras fiduciarias y, de hecho, bien podría llamar a la reflexión de quién deba practicar las registraciones independientemente de si estamos o no trabajando con este tipo de estructuras quedando, muchas veces (y hasta lamentablemente), “fuera del radar del analista del negocio” debido a que, en lo particular de las estructuras fiduciarias, la cuestión jurídica, económica y hasta tributaria suele ser la que “desvela” la conciencia del planificador inmobiliario.
Fideicomiso Inmobiliario – La cuestión del valor de adjudicación.
En los últimos años hemos asistido a lo que podríamos denominar una “crisis” del contrato fiduciario como vehículo jurídico para el desarrollo de emprendimientos inmobiliarios. En nuestro medio, a partir del año 2001; seguramente impulsado por la severa crisis económica y financiera que tocó a travesar a nuestro país hacia finales del mencionado año y pese a lo novedoso del instrumento jurídico, se presentó con un importante impulso para el desarrollo de los emprendimientos mencionados bajo diferentes estructuras de negocios siendo la mas común la estructura de Fideicomiso Constructivo al Costo.
Efectos de la Inflación en el planeamiento de un emprendimiento inmobiliario.
El capitalismo, como sistema económico, desde sus comienzos se ha caracterizado por un crecimiento sostenido de las economías en las que se instala pero también es parte de sus características la existencia de ciclos económicos de “auge” y “recesión”. Mucho se ha argumentado en orden a estas dos “etapas” del ciclo económico encontrando ponencias que explican los mismos como consecuencias de “fallas del mercado”, naturales y propias del sistema y que se presentan en la economía doméstica producto de la inacción del Estado o de su falta de control sobre las economías particulares. Otros argumentan que estas “etapas” son necesarias para reorganizar el mercado, para expulsar a los actores que explotan los recurso de manera ineficiente y dar paso a quienes, con mayor eficiencia, pueden dar lugar a la explotación de un recurso siempre escaso y, con ello, elevar el nivel de vida de la población en general.
Fideicomisos – Liquidación de bienes personales, acciones y participaciones societarias.
En el presente artículo se realizará una breve reseña de la normativa aplicable a los fideicomisos en cuanto a la determinación del impuesto sobre los bienes personales que, por imperio del artículo agregado a continuación del Art. 25 de la Ley de Bienes Personales, se encuentran obligados a determinar e ingresar al cierre de cada ejercicio fiscal actuando por ello, los administradores fiduciarios, como responsables sustitutos ante el fisco.
La obligación en cabeza del Administrador Fiduciario surge a partir de lo dispuesto por el artículo agregado a continuación del Art. 25 de la Ley de Bienes Personales (en adelante Art. 25.1) el cual implementó una obligación en carácter de responsable sustituto, para los administradores de patrimonios como ser sociedades de cualquier tipo y, en lo que nos interesa, administradores fiduciarios, de determinar e ingresar el impuesto sobre los bienes personales por las tenencias que corresponden a personas físicas y sucesiones indivisas (al margen de presunciones tributarias implementadas para el caso de tenencias por parte de sociedades del exterior, no analizadas en el presente por encontrarse fuera del objeto de estudio).
El IVA en los Fideicomisos de Construcción.
En la conciencia de todo asesor tributario (y más de quienes nos dedicamos al análisis y efecto de las relaciones jurídicas tributarias resultantes de contratos de fideicomisos relacionados con la construcción de inmuebles) quedará marcada la fecha del 6 de Agosto de 2013 como un punto de quiebre, no solo en la posición del fisco nacional en lo que hace al encuadre tributario de las operaciones de construcción vehiculizadas por medio de un contrato de fideicomiso sino también como el momento donde se llama a prescindir de las interpretaciones emanadas por el organismo mediante su dictamen DAT AFIP 18/2006 y se da inicio a una etapa donde, una vez más, debemos reconocer la necesidad de ahondar en la esencia de las relaciones económicas de todo pacto celebrado a los fines de determinar el efecto tributario de las relaciones jurídicas establecidas entre particulares.
Fideicomisos de Construcción – Llegó el momento de escriturar.
Hoy día es muy conocida la expresión de “construcción al costo” y más aún la situación de que esta es ofrecida mediante el vehículo denominado FIDEICOMISO, reconociendo a su vez que no es el único vehículo jurídico de construcción existente.
Sin embargo, esta “formula”, interpretada muchas veces como un método de construcción genera inconvenientes al momento de finalizar y entregar la obra; este es: EL VALOR AL QUE SE ESCRITURA.
Fideicomisos de Construcción – seis temas que los profesionales en ciencias económicas tenemos presente.
El presente escrito es realizado con el objeto de hacer llegar a la comunidad de negocios en general un pequeño punteo de 6 temas que, como profesional en ciencias económicas convocan mi pensamiento cada vez que analizo un nuevo emprendimiento o bien me encuentro estudiando la evolución de uno en marcha. El punteo que aquí realizo no pretende ser abarcativo de todos aquellos puntos que son de interés en momentos de reflexión pero representan los principales que, como Contador Público, entiendo interesante sean de conocimiento de la comunidad empresarial en general.
Nuevas Obligaciones Régimen de Información RG AFIP 3538-2013.
La presente colaboración se origina en la Resolución General emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos Numero 3538/2013 con fecha el 12 de Noviembre de 2013 conforme la cual (y según detallaré más adelante) se incorporan obligaciones de carácter formal-administrativo en cabeza de los sujetos que, de alguna manera, se encuentren vinculados con una estructura fiduciaria. Será objeto de otro análisis determinar si existe o no un abuso de sus facultados por parte del organismo de fiscalización toda vez que con este tipo de resoluciones se convierte a un sujeto NO CONTRIBUYENTE en sujeto de una obligación tributaria de carácter formal, esto es, dar cumplimiento a un acto de carácter meramente administrativo (como atender un régimen de información) en objeto de colaborar con las acciones de fiscalización que debe llevar adelante la oficina de recaudación nacional.
Consultas al 011-15-6660-9889 – carbonesergio@gmail.com